Es bien sabido que las motocicletas ofrecen poca protección a los conductores y tienen su propio conjunto de reglas que deben seguirse. Este artículo aborda algunas de las leyes específicas en Nevada que regulan el uso de motocicletas y vehículos similares. Debe enfatizarse que estas leyes varían de un estado a otro. Por lo tanto, en el contexto de reclamaciones por lesiones en accidentes, es imprescindible que un abogado experimentado esté involucrado.
Antes de poder discutir las leyes, es importante definir ciertos términos que se repetirán a lo largo de este artículo.
Moped: Un scooter, ciclomotor o vehículo similar impulsado por un motor pequeño que produce no más de dos (2) caballos de fuerza. Los mopeds deben desplazarse con menos de tres (3) ruedas y tener una velocidad máxima de treinta (30) millas por hora o menos. NRS 486.038.
Trimobile: Un vehículo diseñado para desplazarse con tres (3) ruedas en el suelo, con al menos una de esas ruedas siendo motriz. Un trimobile no incluye una motocicleta con sidecar. NRS 486.057.
Motocicleta: Todo vehículo motorizado equipado con un asiento o sillín para que el conductor lo use y diseñado para desplazarse con tres (3) o menos ruedas, excluyendo una bicicleta eléctrica, tractor o moped. NRS 486.041.
Carretera: El ancho total entre las líneas de límite de toda vía mantenida por autoridad pública abierta al uso público con el propósito de tráfico vehicular. Una carretera no es simplemente la interestatal/autopista, es cualquier camino público. NRS 486.031.
Uso Obligatorio de Cascos y Protección Ocular:
Según la Administración Nacional de Seguridad del Tráfico en Carreteras (NHTSA), 4,668 personas murieron en motocicletas en 2013. Solo en Nevada, este número totalizó cincuenta y cinco (55). De esos cincuenta y cinco (55), cuarenta y ocho (48) llevaban casco.
Debido a los riesgos involucrados en conducir una motocicleta, Nevada ha impuesto el uso obligatorio de cascos y protección ocular dentro de sus fronteras. Cualquier motocicleta que se conduzca en una carretera requiere que el conductor y el pasajero usen casco protector y gafas protectoras, gafas de seguridad o protectores faciales. NRS 486.231(2).
Exenciones al Uso de Casco y Protección Ocular:
Existen tres (3) excepciones que permiten a las personas evitar el requisito estatal de cascos y protección ocular. Los conductores y pasajeros de una motocicleta que se conduzca en un desfile autorizado por una autoridad local no están obligados a usar gafas protectoras ni cascos. NRS 486.231(4).
Los conductores y pasajeros de motocicletas con cabina cerrada de tres ruedas no están obligados a usar casco ni gafas. NRS 486.231(2).
Finalmente, si una motocicleta o trimobile está equipada con un parabrisas transparente, el conductor no está obligado a usar gafas, gafas de seguridad o protectores faciales. NRS 486.231(3). Un parabrisas transparente no permite evitar el uso del casco.
División y Compartición de Carriles:
La compartición de carriles ocurre cuando un vehículo en el tráfico permite que otro tráfico “comparta” el carril, comúnmente visto en grupos de motociclistas. En Nevada, las motocicletas y mopeds pueden, con el consentimiento de los conductores, operar lado a lado en un solo carril de tráfico. NRS 486.351(3). No se puede conducir más de dos (2) motocicletas/mopeds en esta forma lado a lado. La división de carriles es el acto de conducir un vehículo entre carriles de tráfico lento o detenido. En Nevada, ninguna persona, excepto un oficial de policía en el desempeño de su deber, puede conducir una motocicleta o moped entre vehículos en movimiento o estacionarios que ocupen carriles de tráfico adyacentes. NRS 846.351(1)
La compartición de carriles también ocurre en una forma más peligrosa, incluyendo a individuos que pasan tráfico más lento en el mismo carril de tráfico. En Nevada, a menos que se conduzca lado a lado como se indicó anteriormente, no se puede adelantar a un individuo en el mismo carril de tráfico. NRS 486.351(2).
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Conducción con Otra Persona:
No se permite conducir una motocicleta o moped en una carretera si lleva más de una (1) persona, a menos que el vehículo esté diseñado para ese propósito. NRS 486.181. Todos los pasajeros deben permanecer en sus asientos designados, ya sea directamente detrás del conductor, en un asiento trasero o en un sidecar adjunto. NRS 486.181(2)(a-c).
Equipo Obligatorio para Motocicletas:
Además del uso de casco y protección ocular, las motocicletas y mopeds deben estar equipados con lo siguiente:
- Faros. NRS 486.281.
- Luces de freno. NRS 486.251(2).
- Guardabarros en ambas ruedas. NRS 486.221.
Luces traseras. NRS 486.261.
- Señales de giro (excepto las fabricadas antes de 1973). NRS 486.271(2).
- Reflectores traseros. NRS 486.291(1-2).
- Frenos. NRS 486.301.
- Espejos. NRS 486.311.
Accidentes y Su Derecho a la Indemnización:
Los accidentes de motocicleta ocurren y pueden tener consecuencias desastrosas. Incluso con una estricta adherencia a las reglas descritas arriba, puede encontrarse en un accidente sin culpa propia. Sin embargo, tenga en cuenta que Nevada se adhiere a la doctrina de Negligencia Contributiva, lo que significa que su responsabilidad, si la hay, se distribuye en proporción a su culpa. Una salvedad a esta regla es que si su culpa es mayor que la del demandado, no tendrá derecho a la recuperación de daños. NRS 41.141(1).
La responsabilidad y culpa en un accidente de motocicleta/moped pueden provenir de múltiples fuentes, no solo de las personas involucradas en el accidente. Si usted o alguien que conoce ha estado involucrado en un accidente de motocicleta o moped, contacte a un Abogado de Accidentes en Las Vegas de Shook & Stone.
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Lectura Informativa:
- Página web del DMV de NV sobre Motocicletas y Trimobiles
- Manual del Operador de Motocicletas del Estado de Nevada
- Accidentes de Motocicleta en Números
